Los
derechos de este libro son propiedad exclusiva de su autor Rabino Yechiel
Biberfeld, quien autorizó esta edición en español. Traduccion y permiso:
Rab Daniel Oppenheimer. Si desea adquirir esta obra en forma completa
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Leyes
de Respeto a los Padres - Kivud Av vaEm (04)
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4.
Respeto y Reverencia
La Torá nos ordena “Toda persona debe respetar a su madre y a su padre”. Esto significa que el hijo debe tener una sensación de respeto y reverencia hacia sus padres, del mismo modo en que sería con alguien a quien teme. Su conducta debe ser la misma que tendría frente a una persona que tiene el poder castigarlo (p.ej. un rey).
Una interpretación adicional de esta Mitzvá es la siguiente: El vocablo “
” se traduce como “temor”. También proviene de la raíz “
” - ver. Esto significa que el hijo debe tener en el “ojo de su mente” a sus padres; el hijo debe subordinar sus deseos personales a los de su padre totalmente.
Este sentimiento de “temor” se debe manifestar de las siguientes maneras:
I. NO SENTARSE EN EL SITIO DEL PADRE
A. EL SITIO HABILITADO DE SU PADRE
El hijo no debe sentarse en el sitio destinado al padre o a la madre, tanto si estos están presentes, o no en el momento. Esta regla incluye:
1. El sitio fijo en la sinagoga (donde está de pie o sentado)
2. El sitio en una sala de reuniones, aun si en aquel momento no se realizan reuniones.
3. El sitio designado para comer (p.ej. a la cabeza de la mesa), aun si el hijo no está comiendo en aquel lugar.
4. El sitio estable para estudiar.
5. El sitio fijo en una tienda, comercio u oficina.
Está permitido estar de pie en el sitio en el que el padre habitualmente se sienta, dado que esto no demuestra una falta de respeto hacia el padre.
Si el padre lo autoriza, el hijo puede estar de pie o sentarse en el sitio del padre.
Si el padre cambió su asiento o si falleció, el hijo puede ocupar el sitio del padre.
B. SENTARSE AL LADO DEL PADRE
Habitualmente está permitido que el hijo tome asiento próximo al padre (p.ej. en la sinagoga o en su hogar). Sin embargo, si están presentes personas respetadas, el hijo debe evitar tomar asiento al lado del padre, pues estaría manifestando paridad con su padre.
C. EN LA CASA DEL HIJO
Cuando el padre visita el hogar del hijo, es preferible que el padre se siente a la cabeza de la mesa (es decir, que el hijo ofrezca su sitio al padre). Si el padre declina la invitación, el hijo puede sentarse allí como de costumbre. De todos modos, se debe ofrecer todos los honores al padre (p.ej. servirle la comida a él primero).
D. LA CAMA DEL PADRE
Está permitido que el hijo se siente o se acueste en la cama del padre.
II. NO CONTRADECIR AL PADRE
A. NO CONTRADECIR AL PADRE
El hijo jamás debe contradecir o disentir con el padre, aun si sabe que tiene la absoluta razón. [Sin embargo, le está permitido interrogar cuidadosamente al padre, como veremos más adelante]. Esto se refiere tanto a temas de Torá, como así también a asuntos generales.
Si el hijo observa que el padre está obrando en contra de lo que prescribe la Torá, no debe decirle abiertamente: “¡Lo que has hecho, está prohibido!” Sino, debe corregir al padre de manera que esto no le cause vergüenza; p.ej.: lo debe hacer en forma de pregunta: (“Padre: ¿no indica la Torá tal y tal cosa?”), o debe preguntar de manera que muestre como si no estuviese claro qué es lo que advierte la Torá y pidiera que se lo aclare. De esta manera, el padre podrá sacar sus propias conclusiones y no sentirá degradación.
Si el padre narra una historia incorrectamente, o si expresa incorrectamente una reflexión sobre la Torá, o una reflexión de Halajá, el hijo no lo deberá corregir abiertamente, sino que deberá hablar de manera que evitará hacer pasar vergüenza al padre; p.ej.: “nosotros hemos estudiado de tal modo”.
B. NO CONVALIDAR LA OPINION DEL PADRE
Si el padre está dilucidando o discutiendo un tema con otra persona, el hijo no debe intervenir diciendo: “estoy de acuerdo con la otra persona”. Ni siquiera le está permitido aprobar la opinión del padre, diciendo: “Estoy de acuerdo con mi padre”, pues esto daría a entender que él es equivalente al padre y que su padre necesita de su aprobación. Sin embargo, si él tiene un argumento o una demostración a favor del padre, la puede manifestar.
El hijo puede coincidir con la opinión del padre en su ausencia. La mayoría de los poskim opinan que aun puede disentir con su padre en su ausencia. Sin embargo, en este caso, es preferible si puede expresar su disenso con respecto a otra persona que opina del mismo modo que su padre.
Si el padre consulta la opinión del hijo (tanto en asuntos de Torá como en temas generales), el hijo puede expresar su criterio aun si discrepa con el del padre.
C. ESTUDIAR TORÁ CON EL PADRE
Debe ser señalado que un padre y su hijo puede estudiar temas de Torá juntos a fin de alcanzar una comprensión correcta, aun si esto implica que debatir entre ellos. La Guemará dice que un padre y un hijo aun se pueden convertir en “enemigos” mediante sus discusiones de Torá. Sin embargo, cuando al final llegan a una correcta comprensión, logran amarse uno al otro. (Obviamente, el hijo no debe disentir en una manera que lo desacredite). Sin embargo, si en el último análisis el hijo sigue discrepando con la opinión final del padre, no lo debe expresar explícitamente. En cambio, debe mantener su opinión calladamente.
D. HABLAR DELANTE DEL PADRE
Algunos Poskim opinan que, incluido en la Halajá de respetar al padre, está implicada la prohibición de hablar en lugar de su padre. Esto significa que si están reunidos un grupo de personas y están sentados y hablando, llegado el turno de su padre a expresarse, el hijo no debe hablar en su lugar.
III. NO LLAMAR AL PADRE POR SU NOMBRE
Incluido en la Mitzvá de respetar al padre, está contenida la manera en la que el hijo se expresa al referirse al padre.
A. DECIR EL NOMBRE DEL PADRE
Le está prohibido al hijo llamar o referirse al padre o a su madre por sus nombres.
Esto se aplica un cuando el padre no está presente o ya ha fallecido.
El hijo puede llamar a su padre a una Aliá (lectura de la) Torá, agregando el título “mi padre”, o “mi padre, mi maestro”.
Cuando el hijo repite reflexiones de Torá en nombre de su padre, debe utilizar el título “mi padre, mi maestro”. Al tratarse de temas mundano, alcanza con el título “mi padre”.
Al rezar por un padre que está enfermo, no se debe emplear el título “mi maestro”. En cambio, se debe decir únicamente: “mi padre, Tal y Tal”.
El hijo no necesita dirigirse al padre como ““mi padre, mi maestro” (o a su madre como “mi madre, mi maestra”). Es suficiente con dirigirse a él como “padre”, o con un título equivalente en otro idioma.
Sin embargo, si el hijo agrega un título dignificante al nombre del padre, puede decirlo. Por lo tanto, si le preguntan al hijo: “¿Hijo de quién eres?”, puede responder: “Soy el hijo de Reb Tal y Tal”. También vale emplear el título Dr. o Sr. Asimismo, puede utilizar “mi padre, Tal y Tal”. Por ejemplo, al ser llamado a la Torá, debe agregar el título “Reb” al nombre del padre. Si el padre es rabino o cumple una función similar, se debe sumar el título “Rav”.
La mayoría de los Poskim opinan que al agregar el título al nombre del padre, se lo puede pronunciar aun en presencia del padre.
Si el padre es anuente, o si el hijo sabe que al padre no le afecta, puede decir el nombre del padre.
B. ESCRIBIR EL NOMBRE DEL PADRE
Le está permitido al hijo escribir el nombre del padre.
C. LLAMAR A OTROS QUE POSEEN EL MISMO NOMBRE QUE EL PADRE
El hijo no debe decir el nombre de otra persona que posee el mismo nombre que su padre. El motivo de esto es que el padre u otra persona presente pueden creer que se está refiriendo al padre mismo.
Existen circunstancias en lo que esto estaría permitido (dependiendo de cierto factores), y hay una diferencia de opiniones de cuáles son las situaciones. Algunos Poskim establecen que si el nombre es muy común (p.ej. Avraham, Itzjak, Ia’acov, Moshé, Aharón, etc.), está permitido evocarlo aun en presencia del padre. Sin embargo, si es un nombre poco frecuente, solo se debe llamarlo cuando su padre no está presente.
Otros Poskim opinan que solo se puede mencionar el nombre del padre si es frecuente, si él no está presente, mientras que si el nombre es inaudito, no se debe mencionar del todo.
Hagaón Rav Moshé Feinstein sz”l escribe que hoy en día en que se acostumbra llamar a los padres con títulos específicos y no por su nombre, aun según la segunda opinión, estaría permitido llamar a otra persona cuyo nombre coincide, aun en presencia de sus padres. Sin embargo, al tratarse de un nombre poco común, (según la segunda opinión) seguiría prohibido si el padre no está presente.
Si la otra persona cuyo nombre coincide, no tiene el mismo apellido, esté permitido llamarla por el nombre con el apellido (aun si se tratara de un nombre poco común y en presencia de los padres).
Si la otra persona cuyo nombre coincide, tiene dos nombres (p.ej. Iosef Jaim), y el padre solo tiene un nombre (solo Iosef, o solo Jaim), el hijo puede llamar a la otra persona por su nombre completo (aun en presencia del padre).
Aun en el caso que el padre también posea ambos nombres, pero habitualmente solo se hace llamar por uno de ellos, el hijo puede llamar a la otra persona por su nombre completo (o viceversa).
Asimismo esté permitido que el hijo se refiera a la otra persona con el nombre en otro idioma al que utiliza el padre (p.ej. si el padre se llama Avraham - y la gente se dirige a él de ese modo - y la otra persona se hace llamar Avi).
Después que el padre ha fallecido, el hijo puede llamar a otra persona con el mismo nombre, aun si se tratara de un nombre poco común.
El hijo puede estudiar las palabras del TaNaJ o de los JaZaL en presencia de los padres, aun si en el curso del estudio se mencionara el nombre del padre. El motivo de esto es que es obvio que no intenta referirse al padre.
IV. RESPETO ILIMITADO - EN QUÉ EXTENSIÓN
La Guemará relata la historia de una persona que estaba recibiendo visitas monárquicas, y estaba vestido en sus mejores prendas, sentado entre personas de nobleza. Su madre (que estaba emocionalmente desequilibrada), entró, desgarró sus vestimentas, le golpeó la cabeza y le escupió. Sin embargo, el hijo no la avergonzó. Aprendemos de acá, que la persona debe mantener una sensación de reverencia hacia sus padres, aun en casos extremos, y que debe temer al Todopoderoso que le ordenado conducirse de esta manera. (Sin embrago, el hijo puede demandar al padre en el tribunal y exigir el resarcimiento).
Está permitido que el hijo evite la vergüenza en una manera que no sea degradante al padre (p.ej. pidiendo a terceros que impidan el acceso del padre a la habitación).