Clases de Shabat
Halajot
semanales sobre Shabat
Número
11
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Si
un Goy (un NO - Judío) me hubiera encendido la luz , ¿
Me puedo beneficiar de la misma ?
La Halajá , tal como fue formulada en el Shulján Arúj
, estipula que un Judío no podrá beneficiarse de una luz
prendida por un Goy , para ayudar al Judío mismo .
Esta prohibición , se extiende incluso a la gente para la cual la luz
NO fue encendida , y de aquí resulta , que ningún Judío
puede beneficiarse con la misma .
En consecuencia, si uno está sentado en una habitación oscura,
donde no se puede leer , y un Goy enciende generosamente la luz , no
coopera , pues no se puede leer allí un libro bajo esa luz .
Sin embargo, si fuera posible leer en una habitación medio oscura , y
un Goy hubiera prendido otra luz adicional , se puede aprovechar también
esta luz adicional .
Mas si la luz prendida originalmente , se apagase , está prohibido utilizar
la luz restante encendida por el Goy.
¿ Y qué sucede si esa acción hubiera
sido convenida antes de Shabat ?
El Rama dice , que incluso si el Goy hubiera
sido contratado sobre la base de un jornal diario , o mismo para encender determinadas
luces cuando sea necesario , está prohibido beneficiarse con esas
luces .
¿Qué pasa si un Goy prendió
la luz para su propio beneficio?
Cuando un Goy enciende una luz para si mismo , como por ejemplo
para leer el diario , un Judío puede beneficiarse de la misma para lo
que desee .
Y lo mismo ocurre , cuando un Goy enciende una luz para una persona enferma
[1]. Dado que se trata de una acción permitida ,
otros Judíos también podrán beneficiarse con esa luz .
Sin embargo , si un Goy hubiera cocinado para un enfermo , aún
sin considerar el problema de "bishúl akúm "
, ha de quedar claro , que un Judío sano , no podrá participar
de esa comida , ya que Jazal temían , que se posibilitase , que
cualquier Judío pudiere solicitar a un Goy , que le prepare comida
para si mismo .
Esto se diferencia de lo descripto para la luz , porque la luz se difunde indiferentemente
para muchos individuos , y NO se sospecharía que una persona específica
, pidiere a un Goy encender una lámpara adicional , a diferencia
de la comida , que debido a que es consumida por cada individuo en particular
, se sospecharía de que alguien solicite expresamente cocinar algo para
si mismo , lo que no comprende el beneficio de los demás).
¿Y qué diremos si el Goy prendiere
la luz para ambos , para si mismo , y para un Judío ?
En ese caso , el Judío NO podrá beneficiarse
con esa luz .
Sin embargo, cuando el Goy que enciende la luz , está involucrado
e interesado en el uso de la misma , y sabemos que el Judío también
lo tenía en mente , surge de ello una polémica entre el Maguén
Abraham , y el autor del Jaié Adam , acerca de
si un Judío puede beneficiarse con esa luz . En ese caso se debería
consultar con el Rav .
Si se ordena a un Goy lavar los platos , y
éste enciende las luces para hacerlo , ¿ Podemos tomar provecho
de esa luz ?
El Taz dice , que en tal caso se considera , como si
el Goy hubiera encendido las luces para su propio bien , y no para el
mío , aunque haya de lavar nuestros platos ; por lo que podemos consiguientemente
beneficiarnos de esa luz .
De cualquier manera , esta halajá es delicada , porque si le pido
a un Goy que me acompañe por ejemplo al sótano , con el
fin de traer algo para mi , y él enciende la luz , se considera como
que lo hizo para mí , aunque haya venido conmigo , por lo que no puedo
entonces beneficiarme con esa luz .
1-
Este caso se refiere al de un enfermo que dispone de un ayudante Goy , para
que haga incluso tareas expresamente prohibidas por la Torá (Melajót DeOraita
).
2- La comida cocinada por un Goy , no puede ser ingerida por
un Judío , a menos que se cumplimenten determinados requisitos .
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